Flores, condenado a cuatro años de cárcel por la tragedia del Madrid Arena
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado este martes a cuatro años de prisión al promotor y principal acusado por la tragedia del Madrid Arena, Miguel Ángel Flores, por la muerte de cinco jóvenes ocurrida en la macrofiesta de Halloween del 1 de noviembre de 2012 al considerarle el "máximo responsable".
Así consta en una sentencia que se ha notificado a todas las partes y en la que los magistrados consideran al dueño de la empresa que organizó la fiesta mortal autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones.
Al respecto, el tribunal destaca que una de las consecuencias de la avalancha mortal fue la "conducta gravemente imprudente de Miguel Ángel Flores, impropia de un empresario experimentado en este tipo de negocios" al que achaca que "actuó intentando conseguir en todo momento el máximo beneficio económico".
Respecto a las causas de la tragedia, los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes se produjo por el sobreaforo que han cifrado en 16.600 personas, por el cierre de vomitorios y escaleras y por haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo.
Absueltos el exjefe de la Policía Municipal y el equipo médico
Por contra, en la sentencia del caso, de 677 páginas, la Sección Séptima de la Audiencia absuelve a los responsables del equipo médico en la fiesta del Madrid Arena Simón Viñals y su hijo Carlos así como al exjefe de la Policía Municipal de Madrid Emilio Monteagudo.
Según el auto, los magistrados consideran acreditado que si bien el dispositivo de Policía municipal era "precario" y pudo tener pudo tener incidencia en que no se impidieran infracciones como el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o la venta ambulante, en absoluto guarda relación con el sobreaforo existente en el Madrid Arena esa noche.
"Ni la Policía Municipal, ni especialmente el acusado Emilio Monteagudo pudo conocer y controlar, ni sobre el resto de circunstancias y actuaciones que se produjeron en el interior de dicho pabellón, por lo que procede la libre absolución del que era jefe de la Policía Municipal aquella noche al no haber cometido el mismo conducta imprudente alguna que tenga influencia en el lamentable resultado producido", recoge el texto.
En cuanto al equipo médico, pese a entender acreditada su "negligente actuación" cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran, el tribunal les absuelve por considerar que "no está probado" que si dichos doctores "hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran", dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas.
Otros condenados
Junto a Flores, el tribunal condena también a tres años de cárcel por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y lesiones al coordinador de proyectos del departamento de operaciones de Madrid Espacios y Congresos (Madridec), Francisco del Amo, y al director general de la promotora del evento Diviertt, Santiago Rojo.
También impone dos años, seis meses y un día de prisión para el jefe de personal y número 3 de Diviertt, Miguel Ángel Morcillo, y para el socio mayoritario de la empresa de seguridad privada Kontrol 34, Carlos Manzanares.
Asimismo, los magistrados condenan a los jefes de Seguriber Juan José París Nalda y Raúl Monterde por cinco delitos de homicidio por imprudencia menos grave, pero no les imponen pena de cárcel sino una multa de 3.600 euros a cada uno.
Los magistrados consideran que todos los condenados "no solo no evitaron los riesgos sino que los crearon y los permitieron" y "con sus acciones y omisiones infringieron los deberes de cuidado que les competían como responsables del evento".
Al margen de los doctores Viñals y de Monteagudo, la Sala absuelve al director de departamento de seguridad de Madridec, Rafael Pastor; al responsable del control de cámaras del pabellón, Roberto Mateos; al socio minoritario de Kontrol 34, Emilio Beillard; al jefe de equipo de Seguriber durante la fiesta, Jose Antonio Díaz Romero; y al técnico de operaciones de Madridec, José Ruiz Ayuso.
Con todo, el tribunal recuerda que la resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días. El abogado de Flores, José Luis Fuertes, ya ha anunciado que recurrirá la condena.
Indemnizaciones para los padres
Según la sentencia, las familias de las cinco jóvenes fallecidas en la fiesta del Madrid Arena percibirán cada una en torno a 350.000 euros de indemnización. Los magistrados de la Sección Séptima consideran que los mayores perjudicados por lo sucedido son sin duda los padres de las jóvenes que han tenido que vivir cómo sus hijas van a un evento musical, y no vuelven porque pierden la vida en el mismo.
Como consecuencia, para los padres de las víctimas los magistrados cifran la cantidad de 250.000 euros, que en el caso del padre de Katia Esteban percibe íntegramente él en exclusiva puesto que es viudo lo que conlleva que tiene que soportar en soledad el dolor por la muerte de su hija.
Excepción a esto es la de los padres de Rocío Oña, ya que ésta era la única hija de ambos y por ello deben percibir una cantidad superior por la pérdida de su única descendiente por lo que se les fija una indemnización de 300.000 euros, 150.000 euros para cada uno de ellos.
Indemnización para los hermanos
En cuanto a los hermanos de las fallecidas el Tribunal entiende que tras lo sucedido resultan perjudicados por la muerte de su hermana en las circunstancias expresadas y que, en consecuencia, deben ser indemnizados por ello con independencia de que sean o no mayores de edad.
Dentro de los hermanos para los magistrados es evidente que, pese a la dificultad para cuantificar el dolor, objetivamente resulta un mayor perjuicio para aquéllas que pierden a quien era su única hermana como es el supuesto de Tania Esteban Casielles, hermana de Katia, de Verónica Arce de la Fuente, hermana de Cristina, y de María Matilde Alonso Vinatea, hermana de Teresa.
María Matilde Alonso Vinatea era además menor de edad y, en consecuencia, se considera que su padecimiento debe ser indemnizado de una forma ligeramente superior a las restantes, fijándose la cantidad de 90.000 euros para Tania Esteban Casielles y Verónica Arce de la Fuente y 100.000 euros para María Matilde Alonso Vinatea.
En cuanto a los seis hermanos de Belén Langdon del Real, para el Tribunal el hecho de que sean seis en total no descarta que cada uno de ellos haya sufrido de forma individual por el fallecimiento de la misma y que deban de ser indemnizados.
Sin embargo y en relación con los cinco hermanos mayores de edad los magistrados consideran que sus padres no tienen legitimación para reclamar en su nombre, aunque sí puede hacerlo el Ministerio Fiscal, por lo que procede indemnizar a cada uno de ellos en la cantidad de 31.634,69 euros.
Respecto a la hermana menor, Natalia Langdon del Real que tenía en ese momento tan sólo nueve años de edad, y convivía con la fallecida Belén, considerando que la relación entre ambas hermanas sería más estrecha y mayor el padecimiento de la pequeña por la pérdida de su hermana se estima ajustada la cantidad de 80.000 euros.
En relación con Teresa Alonso Vinatea, como se ha expuesto, la misma estuvo hospitalizada en la UCI de la Fundación Jiménez Díaz desde el día de los hechos hasta el 29 de noviembre de 2012 en que falleció, debatiéndose durante ese tiempo por lo que se estima adecuado que sus herederos perciban por ese concepto la cantidad interesada por el Ministerio Fiscal de 2.500 euros.
Indemnización por los sepelios y para los que sufrieron lesiones
Procede además indemnizar a las familias de las víctimas que han justificado los gastos de sepelio en la cuantía de los mismos y así, teniendo en cuenta las facturas aportadas para justificar tales gastos, José Ignacio Oña Ruiz deberá ser indemnizado por este concepto en la cantidad de 3.208,39 euros, Nicolás Langdon Ruiz en la cantidad de 2.176,18 euros y Fernando Alonso Díaz en la cantidad de 5.199,77 euros.
Además la entidad ASISA deberá ser indemnizada en la cantidad de 48.374,45 euros, correspondientes a la asistencia sanitaria prestada a María Teresa Alonso Vinatea, en la Fundación Jiménez Díaz durante el tiempo de hospitalización.
En relación con los asistentes al evento el Tribunal considera que deben ser indemnizados todos aquéllos que sufrieron lesiones durante el mismo y que por lo tanto resultaron perjudicados por los delitos independientemente de que sean o no constitutivas de infracción penal.
El juicio del Madrid Arena
La sentencia de la tragedia del Madrid Arena llega cuatro meses y medio después de que terminará el juicio que arrancó el pasado 12 de enero y se prolongó durante cuatro meses hasta el 13 de mayo, y casi cuatro después de que se produjera el suceso.
El Ministerio Fiscal pedía cuatro años de cárcel para el principal acusado, el promotor del evento por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y dieciséis delitos de lesiones por imprudencia grave; y un año y seis meses de prisión para los jefes del equipo médico, Simón y Carlos Viñals por un homicidio por imprudencia grave a cada uno de ellos.
Durante la vista oral, Flores manifestó su pesar por lo sucedido y culpó al Ayuntamiento dirigido entonces por Ana Botella del hecho de alquilarle un edificio en malas condiciones.
Asimismo, el Ministerio Público solicitaba tres años de prisión para Rafael Pastor, Francisco del Amo, Juan José París Nalda y Raúl Monterde. Y también para el vigilante de seguridad Roberto Mateos; y los socios de Control 34 Carlos Manzanares y Emilio Beillard. Mientras que pedía dos años y seis meses para Santiago Rojo, Miguel Ángel Morcillo y Jose Antonio Díaz Romero.
http://www.rtve.es/noticias/20160927/sentencia-madrid-arena/1414641.shtml
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado este martes a cuatro años de prisión al promotor y principal acusado por la tragedia del Madrid Arena, Miguel Ángel Flores, por la muerte de cinco jóvenes ocurrida en la macrofiesta de Halloween del 1 de noviembre de 2012 al considerarle el "máximo responsable".
Así consta en una sentencia que se ha notificado a todas las partes y en la que los magistrados consideran al dueño de la empresa que organizó la fiesta mortal autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones.
Al respecto, el tribunal destaca que una de las consecuencias de la avalancha mortal fue la "conducta gravemente imprudente de Miguel Ángel Flores, impropia de un empresario experimentado en este tipo de negocios" al que achaca que "actuó intentando conseguir en todo momento el máximo beneficio económico".
Respecto a las causas de la tragedia, los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes se produjo por el sobreaforo que han cifrado en 16.600 personas, por el cierre de vomitorios y escaleras y por haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo.
Absueltos el exjefe de la Policía Municipal y el equipo médico
Por contra, en la sentencia del caso, de 677 páginas, la Sección Séptima de la Audiencia absuelve a los responsables del equipo médico en la fiesta del Madrid Arena Simón Viñals y su hijo Carlos así como al exjefe de la Policía Municipal de Madrid Emilio Monteagudo.
Según el auto, los magistrados consideran acreditado que si bien el dispositivo de Policía municipal era "precario" y pudo tener pudo tener incidencia en que no se impidieran infracciones como el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o la venta ambulante, en absoluto guarda relación con el sobreaforo existente en el Madrid Arena esa noche.
"Ni la Policía Municipal, ni especialmente el acusado Emilio Monteagudo pudo conocer y controlar, ni sobre el resto de circunstancias y actuaciones que se produjeron en el interior de dicho pabellón, por lo que procede la libre absolución del que era jefe de la Policía Municipal aquella noche al no haber cometido el mismo conducta imprudente alguna que tenga influencia en el lamentable resultado producido", recoge el texto.
En cuanto al equipo médico, pese a entender acreditada su "negligente actuación" cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran, el tribunal les absuelve por considerar que "no está probado" que si dichos doctores "hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran", dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas.
Otros condenados
Junto a Flores, el tribunal condena también a tres años de cárcel por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y lesiones al coordinador de proyectos del departamento de operaciones de Madrid Espacios y Congresos (Madridec), Francisco del Amo, y al director general de la promotora del evento Diviertt, Santiago Rojo.
También impone dos años, seis meses y un día de prisión para el jefe de personal y número 3 de Diviertt, Miguel Ángel Morcillo, y para el socio mayoritario de la empresa de seguridad privada Kontrol 34, Carlos Manzanares.
Asimismo, los magistrados condenan a los jefes de Seguriber Juan José París Nalda y Raúl Monterde por cinco delitos de homicidio por imprudencia menos grave, pero no les imponen pena de cárcel sino una multa de 3.600 euros a cada uno.
Los magistrados consideran que todos los condenados "no solo no evitaron los riesgos sino que los crearon y los permitieron" y "con sus acciones y omisiones infringieron los deberes de cuidado que les competían como responsables del evento".
Al margen de los doctores Viñals y de Monteagudo, la Sala absuelve al director de departamento de seguridad de Madridec, Rafael Pastor; al responsable del control de cámaras del pabellón, Roberto Mateos; al socio minoritario de Kontrol 34, Emilio Beillard; al jefe de equipo de Seguriber durante la fiesta, Jose Antonio Díaz Romero; y al técnico de operaciones de Madridec, José Ruiz Ayuso.
Con todo, el tribunal recuerda que la resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días. El abogado de Flores, José Luis Fuertes, ya ha anunciado que recurrirá la condena.
Indemnizaciones para los padres
Según la sentencia, las familias de las cinco jóvenes fallecidas en la fiesta del Madrid Arena percibirán cada una en torno a 350.000 euros de indemnización. Los magistrados de la Sección Séptima consideran que los mayores perjudicados por lo sucedido son sin duda los padres de las jóvenes que han tenido que vivir cómo sus hijas van a un evento musical, y no vuelven porque pierden la vida en el mismo.
Como consecuencia, para los padres de las víctimas los magistrados cifran la cantidad de 250.000 euros, que en el caso del padre de Katia Esteban percibe íntegramente él en exclusiva puesto que es viudo lo que conlleva que tiene que soportar en soledad el dolor por la muerte de su hija.
Excepción a esto es la de los padres de Rocío Oña, ya que ésta era la única hija de ambos y por ello deben percibir una cantidad superior por la pérdida de su única descendiente por lo que se les fija una indemnización de 300.000 euros, 150.000 euros para cada uno de ellos.
Indemnización para los hermanos
En cuanto a los hermanos de las fallecidas el Tribunal entiende que tras lo sucedido resultan perjudicados por la muerte de su hermana en las circunstancias expresadas y que, en consecuencia, deben ser indemnizados por ello con independencia de que sean o no mayores de edad.
Dentro de los hermanos para los magistrados es evidente que, pese a la dificultad para cuantificar el dolor, objetivamente resulta un mayor perjuicio para aquéllas que pierden a quien era su única hermana como es el supuesto de Tania Esteban Casielles, hermana de Katia, de Verónica Arce de la Fuente, hermana de Cristina, y de María Matilde Alonso Vinatea, hermana de Teresa.
María Matilde Alonso Vinatea era además menor de edad y, en consecuencia, se considera que su padecimiento debe ser indemnizado de una forma ligeramente superior a las restantes, fijándose la cantidad de 90.000 euros para Tania Esteban Casielles y Verónica Arce de la Fuente y 100.000 euros para María Matilde Alonso Vinatea.
En cuanto a los seis hermanos de Belén Langdon del Real, para el Tribunal el hecho de que sean seis en total no descarta que cada uno de ellos haya sufrido de forma individual por el fallecimiento de la misma y que deban de ser indemnizados.
Sin embargo y en relación con los cinco hermanos mayores de edad los magistrados consideran que sus padres no tienen legitimación para reclamar en su nombre, aunque sí puede hacerlo el Ministerio Fiscal, por lo que procede indemnizar a cada uno de ellos en la cantidad de 31.634,69 euros.
Respecto a la hermana menor, Natalia Langdon del Real que tenía en ese momento tan sólo nueve años de edad, y convivía con la fallecida Belén, considerando que la relación entre ambas hermanas sería más estrecha y mayor el padecimiento de la pequeña por la pérdida de su hermana se estima ajustada la cantidad de 80.000 euros.
En relación con Teresa Alonso Vinatea, como se ha expuesto, la misma estuvo hospitalizada en la UCI de la Fundación Jiménez Díaz desde el día de los hechos hasta el 29 de noviembre de 2012 en que falleció, debatiéndose durante ese tiempo por lo que se estima adecuado que sus herederos perciban por ese concepto la cantidad interesada por el Ministerio Fiscal de 2.500 euros.
Indemnización por los sepelios y para los que sufrieron lesiones
Procede además indemnizar a las familias de las víctimas que han justificado los gastos de sepelio en la cuantía de los mismos y así, teniendo en cuenta las facturas aportadas para justificar tales gastos, José Ignacio Oña Ruiz deberá ser indemnizado por este concepto en la cantidad de 3.208,39 euros, Nicolás Langdon Ruiz en la cantidad de 2.176,18 euros y Fernando Alonso Díaz en la cantidad de 5.199,77 euros.
Además la entidad ASISA deberá ser indemnizada en la cantidad de 48.374,45 euros, correspondientes a la asistencia sanitaria prestada a María Teresa Alonso Vinatea, en la Fundación Jiménez Díaz durante el tiempo de hospitalización.
En relación con los asistentes al evento el Tribunal considera que deben ser indemnizados todos aquéllos que sufrieron lesiones durante el mismo y que por lo tanto resultaron perjudicados por los delitos independientemente de que sean o no constitutivas de infracción penal.
El juicio del Madrid Arena
La sentencia de la tragedia del Madrid Arena llega cuatro meses y medio después de que terminará el juicio que arrancó el pasado 12 de enero y se prolongó durante cuatro meses hasta el 13 de mayo, y casi cuatro después de que se produjera el suceso.
El Ministerio Fiscal pedía cuatro años de cárcel para el principal acusado, el promotor del evento por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y dieciséis delitos de lesiones por imprudencia grave; y un año y seis meses de prisión para los jefes del equipo médico, Simón y Carlos Viñals por un homicidio por imprudencia grave a cada uno de ellos.
Durante la vista oral, Flores manifestó su pesar por lo sucedido y culpó al Ayuntamiento dirigido entonces por Ana Botella del hecho de alquilarle un edificio en malas condiciones.
Asimismo, el Ministerio Público solicitaba tres años de prisión para Rafael Pastor, Francisco del Amo, Juan José París Nalda y Raúl Monterde. Y también para el vigilante de seguridad Roberto Mateos; y los socios de Control 34 Carlos Manzanares y Emilio Beillard. Mientras que pedía dos años y seis meses para Santiago Rojo, Miguel Ángel Morcillo y Jose Antonio Díaz Romero.
http://www.rtve.es/noticias/20160927/sentencia-madrid-arena/1414641.shtml
Así consta en una sentencia que se ha notificado a todas las partes y en la que los magistrados consideran al dueño de la empresa que organizó la fiesta mortal autor de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y 29 delitos de lesiones.
Al respecto, el tribunal destaca que una de las consecuencias de la avalancha mortal fue la "conducta gravemente imprudente de Miguel Ángel Flores, impropia de un empresario experimentado en este tipo de negocios" al que achaca que "actuó intentando conseguir en todo momento el máximo beneficio económico".
Respecto a las causas de la tragedia, los magistrados consideran acreditado que la muerte de las cinco jóvenes se produjo por el sobreaforo que han cifrado en 16.600 personas, por el cierre de vomitorios y escaleras y por haberse derivado la entrada del público a través de las puertas de emergencia directamente a la pista, que ya se encontraba saturada por el sobreaforo.
Absueltos el exjefe de la Policía Municipal y el equipo médico
Por contra, en la sentencia del caso, de 677 páginas, la Sección Séptima de la Audiencia absuelve a los responsables del equipo médico en la fiesta del Madrid Arena Simón Viñals y su hijo Carlos así como al exjefe de la Policía Municipal de Madrid Emilio Monteagudo.
Según el auto, los magistrados consideran acreditado que si bien el dispositivo de Policía municipal era "precario" y pudo tener pudo tener incidencia en que no se impidieran infracciones como el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública o la venta ambulante, en absoluto guarda relación con el sobreaforo existente en el Madrid Arena esa noche.
"Ni la Policía Municipal, ni especialmente el acusado Emilio Monteagudo pudo conocer y controlar, ni sobre el resto de circunstancias y actuaciones que se produjeron en el interior de dicho pabellón, por lo que procede la libre absolución del que era jefe de la Policía Municipal aquella noche al no haber cometido el mismo conducta imprudente alguna que tenga influencia en el lamentable resultado producido", recoge el texto.
En cuanto al equipo médico, pese a entender acreditada su "negligente actuación" cuando las víctimas fueron llevadas al botiquín para que las asistieran, el tribunal les absuelve por considerar que "no está probado" que si dichos doctores "hubieran actuado correctamente podrían haber evitado que las jóvenes fallecieran", dado el tiempo que las víctimas estuvieron atrapadas en el vomitorio y el que transcurrió hasta que pudieron ser rescatadas.
Otros condenados
Junto a Flores, el tribunal condena también a tres años de cárcel por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y lesiones al coordinador de proyectos del departamento de operaciones de Madrid Espacios y Congresos (Madridec), Francisco del Amo, y al director general de la promotora del evento Diviertt, Santiago Rojo.
También impone dos años, seis meses y un día de prisión para el jefe de personal y número 3 de Diviertt, Miguel Ángel Morcillo, y para el socio mayoritario de la empresa de seguridad privada Kontrol 34, Carlos Manzanares.
Asimismo, los magistrados condenan a los jefes de Seguriber Juan José París Nalda y Raúl Monterde por cinco delitos de homicidio por imprudencia menos grave, pero no les imponen pena de cárcel sino una multa de 3.600 euros a cada uno.
Los magistrados consideran que todos los condenados "no solo no evitaron los riesgos sino que los crearon y los permitieron" y "con sus acciones y omisiones infringieron los deberes de cuidado que les competían como responsables del evento".
Al margen de los doctores Viñals y de Monteagudo, la Sala absuelve al director de departamento de seguridad de Madridec, Rafael Pastor; al responsable del control de cámaras del pabellón, Roberto Mateos; al socio minoritario de Kontrol 34, Emilio Beillard; al jefe de equipo de Seguriber durante la fiesta, Jose Antonio Díaz Romero; y al técnico de operaciones de Madridec, José Ruiz Ayuso.
Con todo, el tribunal recuerda que la resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de cinco días. El abogado de Flores, José Luis Fuertes, ya ha anunciado que recurrirá la condena.
Indemnizaciones para los padres
Según la sentencia, las familias de las cinco jóvenes fallecidas en la fiesta del Madrid Arena percibirán cada una en torno a 350.000 euros de indemnización. Los magistrados de la Sección Séptima consideran que los mayores perjudicados por lo sucedido son sin duda los padres de las jóvenes que han tenido que vivir cómo sus hijas van a un evento musical, y no vuelven porque pierden la vida en el mismo.
Como consecuencia, para los padres de las víctimas los magistrados cifran la cantidad de 250.000 euros, que en el caso del padre de Katia Esteban percibe íntegramente él en exclusiva puesto que es viudo lo que conlleva que tiene que soportar en soledad el dolor por la muerte de su hija.
Excepción a esto es la de los padres de Rocío Oña, ya que ésta era la única hija de ambos y por ello deben percibir una cantidad superior por la pérdida de su única descendiente por lo que se les fija una indemnización de 300.000 euros, 150.000 euros para cada uno de ellos.
Indemnización para los hermanos
En cuanto a los hermanos de las fallecidas el Tribunal entiende que tras lo sucedido resultan perjudicados por la muerte de su hermana en las circunstancias expresadas y que, en consecuencia, deben ser indemnizados por ello con independencia de que sean o no mayores de edad.
Dentro de los hermanos para los magistrados es evidente que, pese a la dificultad para cuantificar el dolor, objetivamente resulta un mayor perjuicio para aquéllas que pierden a quien era su única hermana como es el supuesto de Tania Esteban Casielles, hermana de Katia, de Verónica Arce de la Fuente, hermana de Cristina, y de María Matilde Alonso Vinatea, hermana de Teresa.
María Matilde Alonso Vinatea era además menor de edad y, en consecuencia, se considera que su padecimiento debe ser indemnizado de una forma ligeramente superior a las restantes, fijándose la cantidad de 90.000 euros para Tania Esteban Casielles y Verónica Arce de la Fuente y 100.000 euros para María Matilde Alonso Vinatea.
En cuanto a los seis hermanos de Belén Langdon del Real, para el Tribunal el hecho de que sean seis en total no descarta que cada uno de ellos haya sufrido de forma individual por el fallecimiento de la misma y que deban de ser indemnizados.
Sin embargo y en relación con los cinco hermanos mayores de edad los magistrados consideran que sus padres no tienen legitimación para reclamar en su nombre, aunque sí puede hacerlo el Ministerio Fiscal, por lo que procede indemnizar a cada uno de ellos en la cantidad de 31.634,69 euros.
Respecto a la hermana menor, Natalia Langdon del Real que tenía en ese momento tan sólo nueve años de edad, y convivía con la fallecida Belén, considerando que la relación entre ambas hermanas sería más estrecha y mayor el padecimiento de la pequeña por la pérdida de su hermana se estima ajustada la cantidad de 80.000 euros.
En relación con Teresa Alonso Vinatea, como se ha expuesto, la misma estuvo hospitalizada en la UCI de la Fundación Jiménez Díaz desde el día de los hechos hasta el 29 de noviembre de 2012 en que falleció, debatiéndose durante ese tiempo por lo que se estima adecuado que sus herederos perciban por ese concepto la cantidad interesada por el Ministerio Fiscal de 2.500 euros.
Indemnización por los sepelios y para los que sufrieron lesiones
Procede además indemnizar a las familias de las víctimas que han justificado los gastos de sepelio en la cuantía de los mismos y así, teniendo en cuenta las facturas aportadas para justificar tales gastos, José Ignacio Oña Ruiz deberá ser indemnizado por este concepto en la cantidad de 3.208,39 euros, Nicolás Langdon Ruiz en la cantidad de 2.176,18 euros y Fernando Alonso Díaz en la cantidad de 5.199,77 euros.
Además la entidad ASISA deberá ser indemnizada en la cantidad de 48.374,45 euros, correspondientes a la asistencia sanitaria prestada a María Teresa Alonso Vinatea, en la Fundación Jiménez Díaz durante el tiempo de hospitalización.
En relación con los asistentes al evento el Tribunal considera que deben ser indemnizados todos aquéllos que sufrieron lesiones durante el mismo y que por lo tanto resultaron perjudicados por los delitos independientemente de que sean o no constitutivas de infracción penal.
El juicio del Madrid Arena
La sentencia de la tragedia del Madrid Arena llega cuatro meses y medio después de que terminará el juicio que arrancó el pasado 12 de enero y se prolongó durante cuatro meses hasta el 13 de mayo, y casi cuatro después de que se produjera el suceso.
El Ministerio Fiscal pedía cuatro años de cárcel para el principal acusado, el promotor del evento por cinco delitos de homicidio por imprudencia grave y dieciséis delitos de lesiones por imprudencia grave; y un año y seis meses de prisión para los jefes del equipo médico, Simón y Carlos Viñals por un homicidio por imprudencia grave a cada uno de ellos.
Durante la vista oral, Flores manifestó su pesar por lo sucedido y culpó al Ayuntamiento dirigido entonces por Ana Botella del hecho de alquilarle un edificio en malas condiciones.
Asimismo, el Ministerio Público solicitaba tres años de prisión para Rafael Pastor, Francisco del Amo, Juan José París Nalda y Raúl Monterde. Y también para el vigilante de seguridad Roberto Mateos; y los socios de Control 34 Carlos Manzanares y Emilio Beillard. Mientras que pedía dos años y seis meses para Santiago Rojo, Miguel Ángel Morcillo y Jose Antonio Díaz Romero.
http://www.rtve.es/noticias/20160927/sentencia-madrid-arena/1414641.shtml
Carmena contrata a dedo con Seguriber, la empresa de seguridad del Madrid Arena
Según ha podido constatar Libertad Digital, el ayuntamiento de Manuela Carmena ha contratado los servicios del Grupo Seguriber durante el último trimestre de 2015. Concretamente, la Delegación de Medio Ambiente de la capital, encabezada por Inés Sabanés, contrató los servicios de limpieza de "Umano Facility Services S.L.", integrada en el Grupo Seguriber desde el 2012, según consta en su propia página Web.
En total, son 3 contratos menores por valor 7.319,39 euros suscritos el 5 de noviembre de 2015. Además, hay un cuarto contrato de 21.549 euros con fecha de 21 de diciembre. Sin embargo, éste comprende el servicio prestado por la empresa desde el 1 de marzo pasado, cuando todavía era alcaldesa Ana Botella, hasta el 30 de noviembre de 2015.
El consistorio de Manuela Carmena, que ha confirmado a LD estos contratos, anunció en septiembre una investigación del sobreaforo del Madrid Arena en otro evento. Finalmente, se llevó a cabo la "reestructuración" de la empresa pública "Madrid Destino", que gestiona el pabellón. Tal y como demuestra esta información, el consistorio de Ahora Madrid ha seguido contratando los servicios del Grupo Seguriber, mientras tres de sus trabajadores son juzgados actualmente por la tragedia.
La presidenta de Seguriber es la también máxima responsable del Círculo de Empresarios, Mónica de Oriol e Icaz. Según publicaron varios medios de comunicación, este Grupo empresarial estuvo muy vinculado al consistorio de Ana Botella. Tras el terrible suceso del Madrid Arena, el ayuntamiento del PP anunció que prescindiría de los servicios de Seguriber, algo que no se hizo extensivo al menos en los contratos menores suscritos que publica LD.
Recordamos, que según la "Ley de Contratos del Sector Público", se consideran contratos menores a los de importe inferior a 50.000 euros cuando se trate de obras, o a los inferiores a 18.000 euros para otro tipo de servicios, IVA excluido. Esta Ley permite a la Administración contratar a dedo sin tener la obligación de convocar concurso público. Una práctica legal, pero que choca con la preconizada "nueva política" de Podemos y del Gobierno municipal de Manuela Carmena.
LSB-USO se concentra contra la eliminación de los pluses a los trabajadores de seguridad de Securitas en El Corte Inglés
Ante las puertas de El Corte Inglés de Bilbao, medio centenar de personas se han concentrado con una pancarta con el lema “Securitas paga. Murrizketarik ez! (No a los recortes)”.
El responsable de organización del sindicato LSB-USO en la Federación de Seguridad Privada, Aurelio Calderón, ha explicado que Securitas surogó el servicio de seguridad de El Corte Inglés que prestaba Prosegur, que había acordado con los vigilantes del centro comercial una serie de “mejoras” para compensar situaciones como tener que declarar “continuamente” en los juzgados derivadas de su trabajo “de cara al público”, ya que actúan en detenciones por robos.
Calderón ha explicado que Prosegur y el comité de empresa “pactaron unas condiciones que mejoraban lo que marca el convenio”, pero Securitas, que es “la empresa de seguridad más grande del mundo, lo ha suprimido alegando causas económicas”.
“Estamos hablando de compensaciones de unos 50 ó 100 euros, dependiendo de los juicios a los que tenga que acudir cada vigilante de seguridad, que gana mil euros al mes, y con esos complementos podía superar esas candidades en 50 ó 100 euros, por lo que no estamos hablando de cifras astronónimas”, ha afirmado.
Calderón ha señalado que cuando Securitas subrogó el servicio “ya conocía la existencia de esos complementos, y se supone que los tienen que respetar porque es lo que marca el convenio colectivo”. De hecho, ha indicado, “durante los tres primeros años lo han respetado, hasta que han decidido suprimirlos”.
Fuente
@Vigtorre
http://www.vigilanteseguridadprivada.wordpress.com
Ante las puertas de El Corte Inglés de Bilbao, medio centenar de personas se han concentrado con una pancarta con el lema “Securitas paga. Murrizketarik ez! (No a los recortes)”.
El responsable de organización del sindicato LSB-USO en la Federación de Seguridad Privada, Aurelio Calderón, ha explicado que Securitas surogó el servicio de seguridad de El Corte Inglés que prestaba Prosegur, que había acordado con los vigilantes del centro comercial una serie de “mejoras” para compensar situaciones como tener que declarar “continuamente” en los juzgados derivadas de su trabajo “de cara al público”, ya que actúan en detenciones por robos.
Calderón ha explicado que Prosegur y el comité de empresa “pactaron unas condiciones que mejoraban lo que marca el convenio”, pero Securitas, que es “la empresa de seguridad más grande del mundo, lo ha suprimido alegando causas económicas”.
“Estamos hablando de compensaciones de unos 50 ó 100 euros, dependiendo de los juicios a los que tenga que acudir cada vigilante de seguridad, que gana mil euros al mes, y con esos complementos podía superar esas candidades en 50 ó 100 euros, por lo que no estamos hablando de cifras astronónimas”, ha afirmado.
Calderón ha señalado que cuando Securitas subrogó el servicio “ya conocía la existencia de esos complementos, y se supone que los tienen que respetar porque es lo que marca el convenio colectivo”. De hecho, ha indicado, “durante los tres primeros años lo han respetado, hasta que han decidido suprimirlos”.
Fuente
@Vigtorre
http://www.vigilanteseguridadprivada.wordpress.com
UCES –Unión Cerrajeros de Seguridad- galardonada con el Reconocimiento Ciudadano en la XV Edición de los Premios CIUDADANOS
Premiados de ediciones anteriores y representantes del tejido social, asistieron en el Palacio de Linares en Madrid, al acto de entrega de la XV Edición de los Premios Ciudadanos 2014.
El presidente del Jurado, Manuel Núñez Encabo, felicitó y agradeció a las entidades y personas galardonadas la puesta en valor del concepto ‘ciudadano’ y a los valores que se les reconocen.
Tras la entrega de premios, el presidente de la Asociación Premios CIUDADANOS, Víctor Jara, cerró el acto agradeciendo a los premiados su aportación en valores a la ciudadanía.
Muchas veces olvidamos algo tan importante como nuestras cerraduras, los cerrajeros también hacen seguridad.
http://manuelsanchez.com/2015/01/15/uces-union-cerrajeros-de-seguridad-galardonada-con-el-reconocimiento-ciudadano-en-la-xv-edicion-de-los-premios-ciudadanos/
Ángel López: "El intrusismo es la verdadera lacra de la seguridad privada y se debe actuar"
Ángel López, director ejecutivo de Controlum Seguridad, una de las empresas del sector con notable presencia en Alicante, habla para ElPeriodic.com sobre como está el sector en estos momentos justo con la entrada en vigor de la nueva normativa.
ElPeriodic.com ¿La nueva ley de seguridad privada que beneficios reporta a empresas como Controlum?
Angel López. La nueva Ley 5/2014 representa un tratamiento total y sistemático de la seguridad privada en su conjunto, que pretende abarcar toda la realidad del sector existente en España, al tiempo que lo prepara para el futuro. En el aspecto comercial, la nueva Ley aporta nuevos escenarios de trabajo antes limitados para las empresas de seguridad, como por ejemplo los supuestos servicios de ronda o de vigilancia discontinua, consistentes en la visita intermitente y programada a los diferentes clientes, así como cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común, siempre previa autorización y en coordinación, en todo caso, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
EPC ¿Tiene vigilantes de su empresa patrullando algunas calles?, ¿como le posibilita la ley?
A. L. En Controlum contamos entre nuestros servicios con diversas urbanizaciones y complejos residenciales, con sus correspondientes viales y zonas comunes. En este tipo de servicios, dadas sus particulares características, uno de los pilares fundamentales es la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la comunicación constante y permanente con la Guardia Civil y la Policía es imprescindible. Esto no solo responde un interés propio, sino que también repercute en la seguridad ciudadana en toda la zona. Informaciones puntuales y datos de incidentes detectados por el personal pueden servir de ayuda en las investigaciones de los cuerpos policiales.
EPC ¿Dónde está presente Controlum y qué lugar ocupa entre las empresas del sector?
A.L. Controlum cuenta en la actualidad con un ámbito de actuación que comprende la Comunidad #Valenciana y la Región de #Murcia, dando un servicio, desde nuestro punto de vista, cercano y de calidad. Los objetivos son muy realistas, nuestros esfuerzos están destinados a la formación de nuestro personal y la implantación de nuevas #tecnologías en materia de seguridad. Con una cuidadosa gestión de nuestros recursos, generamos el máximo impulso para afrontar con solvencia la delicada situación que atraviesa nuestro sector, prestando especial atención y sin perder de vista el propósito de fortalecer nuestra estructura con el fin de establecernos como una empresa sólida y de total garantía.
EPC ¿Qué competencias nuevas tienen?
A.L. En cuantos a los competencias del Vigilante de Seguridad en sí mismo, el nuevo articulado no presenta novedades; es cierto que los medios de comunicación se han hecho eco respecto a la posibilidad de que un vigilante pueda identificar o llevar a cabo una detención, pero esta potestad ya existía con la anterior ley de 1992, por lo que no hay novedad al respecto.
EPC ¿Qué opinión le merece realizar la custodia en cárceles?
A.L. La misma que la custodia en aeropuertos, puertos, cuarteles militares y todo tipo de edificios oficiales, servicios que se vienen realizando desde hace muchos años; no es cierto que la seguridad de los centros penitenciarios se haya privatizado, pero la complementariedad de la seguridad pública y la privada permite ese tipo de escenarios, es lícito que la administración destine sus recursos donde más convenga, se apoye en auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para desempeñar esa labor, como lo son en este caso, los vigilantes de seguridad, es completamente lógico.
EPC Ahora es más fácil ser vigilante con la minoración de condiciones ¿Eso ha supuesto un mayor ingreso de gente interesada?
A.L. Realmente no creo que se hayan reducido los requisitos para ser vigilante de seguridad, si es cierto que se han eliminado algunas restricciones, como la nacionalidad o el límite de edad; pero en lo básico se mantienen los mismos, estar en posesión de Graduado en ESO, carecer de antecedentes penales y la necesidad de formación previa con un curso de 180 horas lectivas y la realización de la pruebas selectivas (examen físico y teórico) a realizar ante el Cuerpo Nacional de Policía.
EPC ¿Qué opinión le merece la situación actual de la seguridad privada en la Comunidad Valenciana y, en concreto, en Alicante?
A.L. Durante muchos años Alicante se posicionó como la cuarta provincia de España en cuanto a demanda de seguridad privada, lo cual revertía directamente en el número de empresas de seguridad y personal encuadrado en ellas. Lógicamente este sector no es ajeno a la crisis lo que ha supuesto una importante caída en cuanto a demanda, pero la Comunidad Valenciana sigue siendo una de las zonas más necesitadas de este tipo de servicios.
EPC ¿Hay intrusismo en el sector?
A.L. Demasiado, y sin duda representa la lacra de este sector. Es muy fácil encontrar empresas que prestan servicios de seguridad privada sin estar habilitadas para ello. Estas empresas aprovechan el desconocimiento de los clientes con respecto a la legalidad, ofreciendo servicios de vigilancia con personal carente de cualquier garantía y habilitación, camuflados como conserjes, controladores u otras denominaciones.También es cierto que la nueva Ley contempla sanciones ante la práctica de este tipo de actividades, sanciones económicas de gran cuantía que pueden recaer no solo sobre la empresa, sino sobre el trabajador y el propio cliente.
EPC La formación es algo a tener en cuenta y ustedes lo tienen ¿Qué respuesta han tenido a su iniciativa y para que examinan? ¿Es el único centro?
A.L. Para Controlum la formación de sus trabajadores es algo fundamental, constituye una inversión en calidad y cualificación puesta a disposición de nuestros clientes. Esa creencia nos ha llevado a crear nuestro propio centro de formación “Controlum Academia de Formacion”, donde contamos contamos con un cuadro docente conformado por grandes profesionales con una acreditada experiencia profesional, académica y docente en el ámbito de la seguridad pública y privada, gracias a los cuales podemos ofrecer un amplio abanico de cursos relacionados, desde el curso básico de vigilante de seguridad con el que los aspirantes pueden presentarse a las pruebas selectivas convocadas por el Ministerio del Interior, hasta los cursos de especialización como “Transporte de Fondos” o “Vigilantes en Prisiones”, etc.
http://www.elperiodic.com/orihuela/noticias/350897_angel-lopez-intrusismo-verdadera-lacra-seguridad-privada-debe-actuar.HTML
ElPeriodic.com ¿La nueva ley de seguridad privada que beneficios reporta a empresas como Controlum?
Angel López. La nueva Ley 5/2014 representa un tratamiento total y sistemático de la seguridad privada en su conjunto, que pretende abarcar toda la realidad del sector existente en España, al tiempo que lo prepara para el futuro. En el aspecto comercial, la nueva Ley aporta nuevos escenarios de trabajo antes limitados para las empresas de seguridad, como por ejemplo los supuestos servicios de ronda o de vigilancia discontinua, consistentes en la visita intermitente y programada a los diferentes clientes, así como cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común, siempre previa autorización y en coordinación, en todo caso, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
EPC ¿Tiene vigilantes de su empresa patrullando algunas calles?, ¿como le posibilita la ley?
A. L. En Controlum contamos entre nuestros servicios con diversas urbanizaciones y complejos residenciales, con sus correspondientes viales y zonas comunes. En este tipo de servicios, dadas sus particulares características, uno de los pilares fundamentales es la colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la comunicación constante y permanente con la Guardia Civil y la Policía es imprescindible. Esto no solo responde un interés propio, sino que también repercute en la seguridad ciudadana en toda la zona. Informaciones puntuales y datos de incidentes detectados por el personal pueden servir de ayuda en las investigaciones de los cuerpos policiales.
EPC ¿Dónde está presente Controlum y qué lugar ocupa entre las empresas del sector?
A.L. Controlum cuenta en la actualidad con un ámbito de actuación que comprende la Comunidad #Valenciana y la Región de #Murcia, dando un servicio, desde nuestro punto de vista, cercano y de calidad. Los objetivos son muy realistas, nuestros esfuerzos están destinados a la formación de nuestro personal y la implantación de nuevas #tecnologías en materia de seguridad. Con una cuidadosa gestión de nuestros recursos, generamos el máximo impulso para afrontar con solvencia la delicada situación que atraviesa nuestro sector, prestando especial atención y sin perder de vista el propósito de fortalecer nuestra estructura con el fin de establecernos como una empresa sólida y de total garantía.
EPC ¿Qué competencias nuevas tienen?
A.L. En cuantos a los competencias del Vigilante de Seguridad en sí mismo, el nuevo articulado no presenta novedades; es cierto que los medios de comunicación se han hecho eco respecto a la posibilidad de que un vigilante pueda identificar o llevar a cabo una detención, pero esta potestad ya existía con la anterior ley de 1992, por lo que no hay novedad al respecto.
EPC ¿Qué opinión le merece realizar la custodia en cárceles?
A.L. La misma que la custodia en aeropuertos, puertos, cuarteles militares y todo tipo de edificios oficiales, servicios que se vienen realizando desde hace muchos años; no es cierto que la seguridad de los centros penitenciarios se haya privatizado, pero la complementariedad de la seguridad pública y la privada permite ese tipo de escenarios, es lícito que la administración destine sus recursos donde más convenga, se apoye en auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para desempeñar esa labor, como lo son en este caso, los vigilantes de seguridad, es completamente lógico.
EPC Ahora es más fácil ser vigilante con la minoración de condiciones ¿Eso ha supuesto un mayor ingreso de gente interesada?
A.L. Realmente no creo que se hayan reducido los requisitos para ser vigilante de seguridad, si es cierto que se han eliminado algunas restricciones, como la nacionalidad o el límite de edad; pero en lo básico se mantienen los mismos, estar en posesión de Graduado en ESO, carecer de antecedentes penales y la necesidad de formación previa con un curso de 180 horas lectivas y la realización de la pruebas selectivas (examen físico y teórico) a realizar ante el Cuerpo Nacional de Policía.
EPC ¿Qué opinión le merece la situación actual de la seguridad privada en la Comunidad Valenciana y, en concreto, en Alicante?
A.L. Durante muchos años Alicante se posicionó como la cuarta provincia de España en cuanto a demanda de seguridad privada, lo cual revertía directamente en el número de empresas de seguridad y personal encuadrado en ellas. Lógicamente este sector no es ajeno a la crisis lo que ha supuesto una importante caída en cuanto a demanda, pero la Comunidad Valenciana sigue siendo una de las zonas más necesitadas de este tipo de servicios.
EPC ¿Hay intrusismo en el sector?
A.L. Demasiado, y sin duda representa la lacra de este sector. Es muy fácil encontrar empresas que prestan servicios de seguridad privada sin estar habilitadas para ello. Estas empresas aprovechan el desconocimiento de los clientes con respecto a la legalidad, ofreciendo servicios de vigilancia con personal carente de cualquier garantía y habilitación, camuflados como conserjes, controladores u otras denominaciones.También es cierto que la nueva Ley contempla sanciones ante la práctica de este tipo de actividades, sanciones económicas de gran cuantía que pueden recaer no solo sobre la empresa, sino sobre el trabajador y el propio cliente.
EPC La formación es algo a tener en cuenta y ustedes lo tienen ¿Qué respuesta han tenido a su iniciativa y para que examinan? ¿Es el único centro?
A.L. Para Controlum la formación de sus trabajadores es algo fundamental, constituye una inversión en calidad y cualificación puesta a disposición de nuestros clientes. Esa creencia nos ha llevado a crear nuestro propio centro de formación “Controlum Academia de Formacion”, donde contamos contamos con un cuadro docente conformado por grandes profesionales con una acreditada experiencia profesional, académica y docente en el ámbito de la seguridad pública y privada, gracias a los cuales podemos ofrecer un amplio abanico de cursos relacionados, desde el curso básico de vigilante de seguridad con el que los aspirantes pueden presentarse a las pruebas selectivas convocadas por el Ministerio del Interior, hasta los cursos de especialización como “Transporte de Fondos” o “Vigilantes en Prisiones”, etc.
http://www.elperiodic.com/orihuela/noticias/350897_angel-lopez-intrusismo-verdadera-lacra-seguridad-privada-debe-actuar.HTML
el defensor del pueblo admite a tramite una queja de vigilantes de seguridad
http://alternativasindical.es/wp-content/uploads/Contestaci%C3%B3n-Defensor-del-Pueblo.pdfnuestra queja a propósito de la falta de reconocimiento a los vigilantes de seguridad en los atentados del 11-M en Atocha
25 enero, 2015 Categoría: 11-M, Comunicados, DESTACADO Autor: Alternativa Sindical
Desde el Defensor del Pueblo ha sido admitida a trámite la queja formulada desde nuestra organización en base al ninguneo por parte de las autoridades de Interior para llevar a cabo el reconocimiento a los vigilantes de seguridad intervinientes el día de los fatídicos atentados del 11-M en Atocha. Asimismo, desde esa institución, ya han comenzado las actuaciones con la Secretaria de Estado de Seguridad. Desde
alternativasindical no vamos a cejar en nuestro empeño hasta que los compañeros
sean reconocidos como deben.
Adjuntamos contestación del Defensor del Pueblo
Contestación Defensor del Pueblo
http://alternativasindical.es/wp-content/uploads/Contestaci%C3%B3n-Defensor-del-Pueblo.pdf
25 enero, 2015 Categoría: 11-M, Comunicados, DESTACADO Autor: Alternativa Sindical
Desde el Defensor del Pueblo ha sido admitida a trámite la queja formulada desde nuestra organización en base al ninguneo por parte de las autoridades de Interior para llevar a cabo el reconocimiento a los vigilantes de seguridad intervinientes el día de los fatídicos atentados del 11-M en Atocha. Asimismo, desde esa institución, ya han comenzado las actuaciones con la Secretaria de Estado de Seguridad. Desde
alternativasindical no vamos a cejar en nuestro empeño hasta que los compañeros
sean reconocidos como deben.
Adjuntamos contestación del Defensor del Pueblo
Contestación Defensor del Pueblo
http://alternativasindical.es/wp-content/uploads/Contestaci%C3%B3n-Defensor-del-Pueblo.pdf
Afirman que los trabajadores son de empresas que no tienen autorización administrativa
La asociación de vigilantes de seguridad privada, AVISPA, ha denunciado a 22 establecimientos de ocio nocturno de Gijón/Xixón porque aseguran que el personal, que controla los accesos y la seguridad en esos locales, no está cualificado para ello ya que su categoría laboral es la de "controlador" o "auxiliar de servicios".
Son además trabajadores de dos empresas Asturcontrol y Fristcontrol que, según la denuncia, no tienen autorización administrativa ni están inscritas como empresas de seguridad.
La denuncia ha sido interpuesta ante la delegación del Gobierno y ante la Unidad Territorial de seguridad privada de la Policía Nacional.
http://www.rtpa.es/asturias:-AVISPA-denuncia-a-22-locales-de-Gijon-por-tener-personal-de-seguridad-no-cualificado_111422020730.html?fb_ref=Default&fb_source=message
La asociación de vigilantes de seguridad privada, AVISPA, ha denunciado a 22 establecimientos de ocio nocturno de Gijón/Xixón porque aseguran que el personal, que controla los accesos y la seguridad en esos locales, no está cualificado para ello ya que su categoría laboral es la de "controlador" o "auxiliar de servicios".
Son además trabajadores de dos empresas Asturcontrol y Fristcontrol que, según la denuncia, no tienen autorización administrativa ni están inscritas como empresas de seguridad.
La denuncia ha sido interpuesta ante la delegación del Gobierno y ante la Unidad Territorial de seguridad privada de la Policía Nacional.
http://www.rtpa.es/asturias:-AVISPA-denuncia-a-22-locales-de-Gijon-por-tener-personal-de-seguridad-no-cualificado_111422020730.html?fb_ref=Default&fb_source=message
Segur Ibérica niega el despido de la trabajadora Silvia Villullas que salió en Ciutat Morta
La trabajadora ha denunciado que había sido despedida de Segur Ibérica por aparecer en el documental “Ciutat Morta”, que incidía en negligencias policiales, judiciales y políticas en el caso conocido como 4F que terminó con un guardia urbano tetrapléjico.
Segur Ibérica "La trabajadora tiene contrato en vigor"
La empresa ha anunciado en un comunicado que la relación laboral con Sílvia García de Diego se limita a una semana de prueba en la sede de Madrid “no se incorporó a su puesto de trabajo en Barcelona aludiendo su participación en el documental Ciutat Morta y anunciado su participación en una rueda de prensa para informar del citado documental”.
Segur Ibérica afirma que tiene que estudiar la conducta de esta trabajadora para evaluar si es necesario abrir un expediente disciplinario.
Sin embargo, la trabajadora ha denunciado que Segur Ibérica le ha despedido y que presentará una denuncia.
La abogada Silvia García aparece en el documental como amiga de Patricia Heras, que se suicidó tras ser condenada por los hechos durante el 4-F de 2006.
Leer más: Segur Ibérica niega el despido de la trabajadora Silvia Villullas que salió en Ciutat Morta - Bolsamania.com http://www.bolsamania.com/noticias/pulsos-europa/segur-iberica-niega-el-despido-de-la-trabajadora-silvia-villullas-que-salio-en-ciutat-morta--643243.html#QlS0AN8FhwwZcJK5
DOCE HORAS EN UNA GARITA SIN PODER SALIR A MEAR
Privatizaciones del PP: doce horas en una garita sin poder ir a mear
Trabajo abre una inspección en las prisiones de Las Palmas por los largos turnos de vigilantes de seguridad
Para compensarlas tras la cancelación de escoltas en Euskadi, Interior entregó a dedo la vigilancia en las cárceles a empresas de seguridad
El motivo oficial que ofreció el año pasado el Ministerio del Interior, cuando privatizó una parte de la seguridad de las cárceles españolas, fue que había que destinar a los agentes de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía a tareas más propias de su condición y su formación. Pero lo que en realidad ocurría era que había que compensar a más de una decena de empresas de seguridad privada la pérdida de contratos de escoltas en Euskadi tras la rendición de ETA.
Históricamente vinculadas al PP, bien por la vía familiar o política, a ninguna de esas empresas de seguridad se les obligó a pasar por un concurso abierto sino por el mucho más amañable del restringido sin publicidad con un precio de 33 millones de euros al año, lo que dejaba flotando en la duda otra de las explicaciones dadas por el Gobierno: el ahorro de costes.
Las 67 cárceles españolas se dividieron en lotes, correspondiendo a Canarias el Lote 1, junto a Andalucía, Ceuta y Melilla, cuyos centros penitenciarios fueron adjudicados a una UTE compuesta por las compañías Ombuds, Eulen, Prosetecnisa, Vinsa, Casesa, Garda y Sabico.
La vigilancia perimetral, de control de accesos y videovigilancia de las cárceles de esas dos regiones y esas dos ciudades autónomas tiene un precio cercano a los 10 millones de euros al año.
Hasta ahí la información oficial porque lo que a partir de que comenzaran esos servicios, en octubre pasado, lo que ha venido pasando son los desaguisados propios de un encaje marca de la casa.
Los primeros en saltar fueron los expertos en seguridad, que enseguida pusieron en entredicho las garantías que ofrece poner en manos privadas una información sensible de las interioridades de los centros penitenciarios.
Porque para que esos vigilantes pudieran hacerse cargo de lo que hasta entonces era responsabilidad de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado se les dio un curso acelerado de quince horas. Se trata, por regla general, de personal que ahora empieza, lo que puede dar lugar a rotaciones e incidencias laborales que pueden generar conflictos fácilmente traducibles en filtraciones de información delicada. Aunque en una primera fase compartirán algunas responsabilidades con guardias civiles o policías, pronto se quedarán solos en determinadas tareas.
12 horas sin poder ir a mear
Otro aspecto evidente de la privatización de la seguridad en las cárceles es el relativo a los costes para el contribuyente. Lo que se ha pretendido camuflar como un ahorro no es más que una nueva cesión al lobby de las compañías de seguridad, necesitadas de contratos con las administraciones públicas que les solucionen su negocio. La Ley de Seguridad Privada va en esa misma línea.
Pero como estamos ante empresas que tienen como objetivo principal la búsqueda inmediata del beneficio, lo que automáticamente ocurre es que se presta un servicio público con un personal escasamente cualificado al que se le pagan sueldos infinitamente inferiores a los que cobran los agentes públicos a los que sustituyen.
Salarios que no superan en ningún caso los 18.000 euros al año frente a un ingreso bruto por trabajador asignado a estos concursos de más de 41.000 (800 trabajadores con un presupuesto de 33 millones de euros).
Para minimizar esos costes y garantizar los márgenes, en algunas prisiones de la provincia de Las Palmas se han detectado turnos de hasta 12 horas por vigilante en garitas que no cuentan ni siquiera con un baño donde poder evacuar.
Evidentemente hablamos de puestos muy concretos que no se pueden abandonar bajo ningún concepto y que, antes de la llegada de las compañías privadas, se atendían con turnos de dos horas por agente que tras ser relevados podían acudir al cuerpo de guardia a hacer sus necesidades, descansar o tomar un tentempié antes de regresar a la garita.
Esta situación ha provocado una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que ya ha levantado acta para aclarar y en su caso sancionar por esta cuestión.
http://asisp2013seguridadprivada.blogspot.com.es/2015/01/prisiones-12-horas-en-una-garita-sin.html
Trabajo abre una inspección en las prisiones de Las Palmas por los largos turnos de vigilantes de seguridad
Para compensarlas tras la cancelación de escoltas en Euskadi, Interior entregó a dedo la vigilancia en las cárceles a empresas de seguridad
El motivo oficial que ofreció el año pasado el Ministerio del Interior, cuando privatizó una parte de la seguridad de las cárceles españolas, fue que había que destinar a los agentes de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía a tareas más propias de su condición y su formación. Pero lo que en realidad ocurría era que había que compensar a más de una decena de empresas de seguridad privada la pérdida de contratos de escoltas en Euskadi tras la rendición de ETA.
Históricamente vinculadas al PP, bien por la vía familiar o política, a ninguna de esas empresas de seguridad se les obligó a pasar por un concurso abierto sino por el mucho más amañable del restringido sin publicidad con un precio de 33 millones de euros al año, lo que dejaba flotando en la duda otra de las explicaciones dadas por el Gobierno: el ahorro de costes.
Las 67 cárceles españolas se dividieron en lotes, correspondiendo a Canarias el Lote 1, junto a Andalucía, Ceuta y Melilla, cuyos centros penitenciarios fueron adjudicados a una UTE compuesta por las compañías Ombuds, Eulen, Prosetecnisa, Vinsa, Casesa, Garda y Sabico.
La vigilancia perimetral, de control de accesos y videovigilancia de las cárceles de esas dos regiones y esas dos ciudades autónomas tiene un precio cercano a los 10 millones de euros al año.
Hasta ahí la información oficial porque lo que a partir de que comenzaran esos servicios, en octubre pasado, lo que ha venido pasando son los desaguisados propios de un encaje marca de la casa.
Los primeros en saltar fueron los expertos en seguridad, que enseguida pusieron en entredicho las garantías que ofrece poner en manos privadas una información sensible de las interioridades de los centros penitenciarios.
Porque para que esos vigilantes pudieran hacerse cargo de lo que hasta entonces era responsabilidad de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado se les dio un curso acelerado de quince horas. Se trata, por regla general, de personal que ahora empieza, lo que puede dar lugar a rotaciones e incidencias laborales que pueden generar conflictos fácilmente traducibles en filtraciones de información delicada. Aunque en una primera fase compartirán algunas responsabilidades con guardias civiles o policías, pronto se quedarán solos en determinadas tareas.
12 horas sin poder ir a mear
Otro aspecto evidente de la privatización de la seguridad en las cárceles es el relativo a los costes para el contribuyente. Lo que se ha pretendido camuflar como un ahorro no es más que una nueva cesión al lobby de las compañías de seguridad, necesitadas de contratos con las administraciones públicas que les solucionen su negocio. La Ley de Seguridad Privada va en esa misma línea.
Pero como estamos ante empresas que tienen como objetivo principal la búsqueda inmediata del beneficio, lo que automáticamente ocurre es que se presta un servicio público con un personal escasamente cualificado al que se le pagan sueldos infinitamente inferiores a los que cobran los agentes públicos a los que sustituyen.
Salarios que no superan en ningún caso los 18.000 euros al año frente a un ingreso bruto por trabajador asignado a estos concursos de más de 41.000 (800 trabajadores con un presupuesto de 33 millones de euros).
Para minimizar esos costes y garantizar los márgenes, en algunas prisiones de la provincia de Las Palmas se han detectado turnos de hasta 12 horas por vigilante en garitas que no cuentan ni siquiera con un baño donde poder evacuar.
Evidentemente hablamos de puestos muy concretos que no se pueden abandonar bajo ningún concepto y que, antes de la llegada de las compañías privadas, se atendían con turnos de dos horas por agente que tras ser relevados podían acudir al cuerpo de guardia a hacer sus necesidades, descansar o tomar un tentempié antes de regresar a la garita.
Esta situación ha provocado una denuncia ante la Inspección de Trabajo, que ya ha levantado acta para aclarar y en su caso sancionar por esta cuestión.
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