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Mostrando las entradas etiquetadas como vigilantes

Que es el Coordinador de seguridad?

    Ante la moda esta de que en muchas empresas surja la figura del coordinador en seguridad privada , nos gustaria aclarar desde aqui en que consiste esta figura y si hay alguna ley que la contempla, seguramente nos encontraremos con muchas sorpresas ya que las empresas de seguridad se empeñan en meternos con calzador algunas figuras o mandos intermedios que no existen ni estan contempladas en ley alguna, por lo tanto estariamos hablando de algo alegal que no ilegal y me explicare. Ilegal seria si hubiera algun articulo en nuestra ley de seguridad privada que lo prohibiera, o en el codigo penal estuviera regulada su ejecucion como figura intrusiva, pero diremos que es alegal porque nadie dice en lado alguno que no se pueda utilizar aunque no sale en ley alguna. Fijaros lo que dice el ministerio del interior del coordinador de seguridad: Coordinación de Seguridad La persona responsable de la coordinación de Seg...

CÓMO CALCULAR TU NÓMINA

CÓMO CALCULAR TU NÓMINA  Por Valkyria .   Voy a poner aquí una tabla con determinados conceptos, para vigilante "normal" y vigilante con arma. También para vigilante con radioscopia. Debajo te explico cuestiones relacionadas con algunos de estos conceptos.       Aclaraciones: PLUS NOCTURNIDAD: Las horas nocturnas van de 22:00 a 6:00. Si trabajas en horario nocturno 4 horas o más, te tienen que pagar el plus de nocturnidad para toda la jornada que hayas hecho ese día, pero hasta un máximo de 8 horas.   Ejemplo 1: Trabajas de 19:00 a 04:00. Observamos que las horas nocturnas que has realizado son 6 (de 22:00 a 04:00).   Has realizado más de 4 horas nocturnas. Por lo tanto te tienen que pagar el plus de nocturnidad para toda tu jornada de ese día, pero hasta un máximo de 8 horas. Tu jornada de ese día han sido 9 horas en total. Así que te pagarán 8 horas nocturnas, que es el máximo de nocturnidad que pueden paga...

Tener claro lo que significa trabajar para alguien

Imprimir Contenido Lo primero de todo es tener claro lo que significa trabajar para alguien. Trabajar para alguien es poner tu tiempo a disposición del empresario a cambio de una remuneración. Dicha remuneración viene recogida en las leyes laborales que podrían resumirse de esta manera: "Tanto tiempo, tanta remuneración". Lo segundo es tener claro lo siguiente: un empleado es ajeno a los beneficios de la empresa al igual que también es ajeno a sus pérdidas. Esto quiere decir que gane o pierda dinero la empresa el empleado siempre cobrará lo mismo (no hablo de cierres de empresas, hablo del día a día). Tanto el empresario como el trabajador son conscientes de esto. Por lo tanto el empresario deberá cumplir su parte del trato, así como el empleado cumplirá la suya. Dicho esto, todo lo que se salga de este trato regulado en las leyes y conforme al segundo precepto comentado, será esclavitud por parte del empresario, y dejadez por parte del trabajador. ...

Que esperariamos de un vigilante de seguridad si fueramos el empleador empresario

Imprimir Contenido   Hola compis. Otro tema de los míos de los que siembran debate y contradicciones entre diferentes compañeros por sus diferentes maneras de pensar. Como dice el titulo del post , la intención del mismo es ponerse por unos instantes en la piel del empresario que debe contratarnos y que es lo que creo que desearía el mismo que nosotros le aportáramos como trabajadores de la seguridad privada y en concreto como vigilantes de seguridad habilitados. Como siempre habrán opiniones para todos los gustos y por supuesto que cada empresario también tiene los suyos o sus necesidades, porque hablando de necesidades son bien distintas las nuestras que las de los empresarios, eso lo sabemos de sobras, las nuestras en los tiempos que corren acostumbran a ser las básicas, ni tan siquiera las de la autoestima que tendríamos en la pirámide de Maslow , a saber : La pirámide de Maslow forma parte de una teoría psicológica que inquiere acerca de la motivación ...

Dia de la seguridad privada en Tarragona

Imprimir Contenido   Dia de la seguridad privada en Tarragona  por  josepmarti   Hoy a las 12:48 Ampliar esta imagen.   Clic aquí para ver su tamaño original Ampliar esta imagen.   Clic aquí para ver su tamaño original Viendo la escasa repercusion que le ha querido dar el diari de tarragona a este dia tan importante para nosotros y para mucha parte de la sociedad por lo que representamos las personas, los profesionales que ahi estabamos , policias nacional, guardia civil, policia local , mossos d,escuadra y vigilantes de seguridad englobados en varias empresas  entre las que se  encontraban   Phoenix seguridad , Prosegur , Trablisa ,Securitas ,Ombuds ,Astra  ,Clece , Eulen  etc , ya que no me acuerdo de mas , aunque habian algunas mas , pero mi memoria no da para tanto, dado como decia de la escasa importancia que le ha dado el diari de Tarragona en su edicion de papel , don...

Urgente , necesitamos mas formacion

  Urgente , necesitamos mas formacion Hola compis: El titulo del post es algo extravagante si quereis pero se me ocurre después de hablar con muchos compañeros que hace ni dos años que tienen la tip y ya tienen dificultades en distinguir lo que es un hurto de un robo como ejemplo. Compañeros que en sus servicios son capaces de todo hasta de llevar carros de compras pero incapaces de resolver un verdadero problema en su centro de trabajo. Creo que nuestro prestigio radica en a formación que obtenemos , pero si de por si ya tenemos bastante buena formación quizás alguien , os centros de formación etc deberían dar un salto de calidad y dar dicha formación mas prácticamente. Hay algo que se echa en falta al finalizar los cursos de 180 horas, y son las practicas acompañando a vigilantes en su servicio cotidiano, de tal forma que vean la dura realidad y además que sepan lo que estudian puesto en practica. La formación esta bien pero podría mejorarse sustancialmente y cuali...

EVENTOS,EVENTOS Y MAS EVENTOS, PAN PARA HOY HAMBRE PARA MAÑANA

Imprimir Contenido EVENTOS,EVENTOS Y MAS EVENTOS, PAN PARA HOY HAMBRE PARA MAÑANA  por  josepmarti Ayer a las 23:12 Hola compañeros: Se me ha ocurrido hacer un post sobre algo que parece estar de moda hoy en día, los eventos del tipo que sea, fiestas de pueblos patronales, fiestas en pabellones deportivos, eventos deportivos, espectáculos  variados etc , carreras de coches, motos etc, en fin que no diré que no sepáis ya de antemano. Pero el tema que nos ocupa es el siguiente: No creéis que se abusa un poco de la precariedad en los eventos?. Se debería pagar algún plus extra por hacer eventos de dos o tres días máximo y no solo a convenio como están haciendo? Creo sinceramente que si , que se debería pagar bastante mas , ya que un vigilante de seguridad probablemente se sienta mas seguro sabiendo que le vale la pena asistir a dicho evento tanto socialmente como económicamente, quiero decir que no es lo mismo decir para lo que me van a pagar paso...

EXPERIENCIA EN NUEVO CENTRO COMERCIAL

Imprimir Contenido EXPERIENCIA EN NUEVO CENTRO COMERCIAL .   Hola Compañer@s,:   Escribo muy poco aquí. Entro más para leer, pero como me apunté al concurso les comentaré mi más recién experiencia. Cuando me apunté al concurso no sabía que hay que meter 4 historias, será difícil para mí..    Hace poco me llamaron para empezar el servicio en un centro comercial. Jornada completa, contrato de 6 meses con 3 meses de prueba, con posibilidades de quedarme en el sitio, era un servicio nuevo. Cogieron bastante gente, unos 20-30, más los auxiliares. Yo no tenía el cursillo de centros comerciales, hasta ahora no me tocó hacerlo, y me mandaron hacerlo, de pago. Todo bien, pensé yo, hasta el primer día de servicio. El servicio de vigilancia empezó con dos semanas de antelación de la apertura. Iré al tema, saltar un poquito los detalles.   El servicio: vigilar que los operarios y los trabajadores de las miles de empresas, d...

Efectos devastadores de la huelga de vigilantes en Portugal: ¿Aprenderemos algo?

Imprimir Contenido Efectos devastadores de la huelga de vigilantes en Portugal: ¿Aprenderemos algo?  por  aberron Hoy a las 5:31 Este 27 de agosto, en los aeropuertos nacionales portugueses comenzó a gestarse una huelga de los empleados de Prosegur y Securitas encargados del control de rayos X para el equipaje de mano, los pasajeros y trabajadores del aeropuerto. Esta huelga de 24 horas, fue programada cómo medida de presión después de más de nueve meses de negociaciones entre los sindicatos y la Asociación de Empresas de seguridad para la negociación de un nuevo convenio colectivo de trabajo. Pues bien, la Asociación Portuguesa de Agencias de Viajes y Turismo (APAVT) anunció hoy que se va ha tener que desembolsar alrededor de 500 mil euros a los clientes afectados por la huelga del mes pasado que efectuaron los vigilantes de seguridad de los aeropuertos portugueses. Esta compensación se llevará a cabo mediante la emisión de 'bonos' a nombre de los c...

Reclamación de cantidad. Cómo impedir que prescriba el plazo de un año que existe para reclamar tu dinero judicialmente

Preparaos porque creo que me he pasado en los kilómetros que puede medir un post. clown Creo que me dan vahídos, o algo, Shocked Allá va: La demanda de reclamación de cantidad laboral, es una demanda ordinaria que se pone ante la jurisdicción social (o laboral). Desde el momento en el que la empresa te deba algo de dinero (como si son 3 euros) tienes un año de plazo para poder reclamar ese dinero. Lo pone en el artículo 59 del Estatuto de los trabajadores: "2. Si la acción se ejercita para exigir percepciones económicas o para el cumplimiento de obligaciones de tracto único, que no puedan tener lugar después de extinguido el contrato, el plazo de un año se computará desde el día en que la acción pudiera ejercitarse" Es decir, que si empieza a deberte dinero el día 1 de octubre de 2016, tendrás hasta el día 1 de octubre de 2017 para poder poner la demanda. No hace falta que vayas corriendo a ponerla, aunque si quieres puedes ir al día siguiente de que te deban el dinero,...

Me gustaría hablar sobre uno de los temas más recurrentes en nuestra hermosa profesión, La Detencion

Me gustaría hablar sobre uno de los temas más recurrentes en nuestra hermosa profesión, la detención. Si, ya sé que se ha escrito muchísimo sobre esto. Hay multitud de artículos, ensayos y publicaciones por toda la red y por fuera de ella, pero a mí me gustaría exponer mi opinión respecto del asunto, si no os importa. Lo primero que quiero hacer es cambiar totalmente el punto de vista. El tema de la detención siempre se trata desde el ángulo de la legalidad o de la técnica seca y pura, ya sabéis, eso de poner grilletes y el resto, pero la detención tiene más aspectos y uno de ellos es el que deseo tratar. Se trata del punto de vista profesional. Como se trata de “profesional”, obligatoriamente debe incluir un aspecto muy importante, la Seguridad. Siempre debemos movernos dentro de un cierto nivel de Seguridad. Ojeando las dos leyes principales que regulan el asunto, lo primero que observo es que los señores legisladores no han efectuado NUNCA ninguna detención. Y es que eso de a...

Hablemos de horas complementarias

Empezaré diciendo que el tema de las horas complementarias está tratado en el Estatuto de los Trabajadores, y no en el Convenio de Seguridad. Es por ello que nos regiremos por lo que diga el Estatuto. El artículo del Estatuto que habla sobre las horas complementarias es: ET, Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo. En su punto número 5. Enlace al ET: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Traducción a nuestro idioma y sector de este artículo sobre las horas complementarias, con algunos ejemplos: ¿Qué son las "horas complementarias"? Son las horas que un trabajador con contrato a tiempo parcial (temporal o indefinido) puede realizar por encima de la jornada que diga su contrato. Ejemplo: Un trabajador tiene un contrato a media jornada (en el caso de nuestro sector sería un contrato de 81 horas al mes). Si este trabajador en lugar de hacer 81 horas solamente, hace 105 ...