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Hola amigos, que tal , cuanto tiempo sin saber de mi y yo de vosotros, pero aquí estoy de nuevo con ganas de guerra.
Suenan rumores de cambio, suenan rumores de mejoras sustanciales para nuestro gremio a través de las vocales del mir osea las academias de formación donde todo es paz y gloria y donde los alumnos noveles  escuchan con la boca abierta como los profesores les cuentan mil y una milonga en forma de cuento y de bondades de la seguridad privada donde según ellas sigue siendo un gran sector sin apenas desempleo jojojojo, que chiste mas bueno.

Algunos se amparan en semejantes buenas noticias en que se han pillado als cárceles por parte de algunas grandes empresas de seguridad y eso será la bicoca de empleo, jejeje unos 1000 aproximadamente , menuda solución a nuestros problemas, otros que si ahora serán obligatorios mas servicios de vigilantes de seguridad

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Imprimir Contenido  por  Valkyria Hoy a las 22:43 Lo primero es buscar el significado de "horquilla" en el diccionario de la RAE: 11. f. Distancia o espacio entre dos magnitudes dadas. Me hacía ilusión ¿Qué pasa? Ahora miremos el artículo 41 del convenio de seguridad (Jornada de trabajo). Punto 2, apartado b) "Para dotar de la flexibilidad necesaria, únicamente en casos de servicios fijos o estables , la empresa confeccionará un cuadrante anual, cuyo cómputo en jornada mensual, a tiempo completo, oscilará en una horquilla de 144 a 176 horas , excepto en el mes de febrero que será de 134 a 162 horas . En caso de contratación a tiempo parcial, esta horquilla se ajustará proporcionalmente a la jornada laboral contratada. En dicho cuadrante se recogerán los días de servicio, los descansos y el/los periodo/s de vacaciones correspondientes, manteniéndose en el mismo una frecuencia de trabajo, descanso y turnos equilibrada entre todos los trab...

Listado empresas de seguridad

ANUBIS Email: rrhh@anubiseguridad.com Web: http://www.anubiseguridad.com/trabaja-con-nosotros APS Email: info@apsseguridad.com Web: http://www.apsseguridad.com/contacto/ ALERTA GLOBAL Web: http://www.alertaglobalseguridad.com/?page_id=15 ALERTA Y CONTROL Web: http://pjc.asp.infojobs.net/ ALSE Email: administracion@alse.biz Web: http://www.alse.biz/ca/Contacto.php ARIETE Email: control@arieteseguridad.com Web: http://www.arieteseguridad.com/contacto/enviocv ARTE Web: http://arteseguridad.com/ ASTRA Email: astra@astrasistemas.com Web: http://www.astrasistemas.com/es/servicios/vigilancia/envianos-tu-curriculum ASYS Email: asys@asys.es Web: http://asys.apps-1and1.net/nosotros/seleccion-del-personal AUSERVI Email: ausersi@auservigroup.com Web: http://www.auservigroup.com/contacto_.html ASVISEGUR Web: http://www.asvisegur.es/contacto BARNA PORTERS Web: http://www.grupbarnaporters.cat/treball/ca/ BAS Email: soniav.bas@gmail.com ...

Permiso Retribuido

Voy a hablaros un poco del permiso retribuido , ya que hay personas que no saben bien cómo cuentan estos permisos en relación a la jornada mensual, y empresas de seguridad que se aprovechan de este hecho y intentan colar estos permisos retribuidos como si fueran días de vacaciones (es decir 5,22 horas cada día de dicho permiso). El permiso retribuido para los vigilantes viene regulado en el artículo 46 de nuestro convenio de seguridad: Artículo 46. Licencias . En este artículo tenéis la cantidad de días de permiso retribuido que os corresponden según la situación que os da derecho a dicho permiso. Debéis saber que un permiso retribuido es un día (o varios según el caso) en el que SE COBRA , pero NO SE TRABAJA. Un día de permiso retribuido equivale al total de la jornada que hubiésemos tenido que realizar ese día. Es decir, que si tú el día en que te pides dicho permiso hubieses tenido que trabajar 8 horas, entonces debes contar ese día de permiso retribuido como 8 horas. Si hu...