En una extensa entrevista publicada en la web seguritecnia.es, Ángel Códoba Díaz Presidente de la Asociación Profesional de Compañías Privas de Servicios de Seguridad APROSER, habla de las propuestas que contiene el documento que han remitido al Ministerio del Interior con motivo de la elaboración del nuevo Reglamento de Seguridad Privada.
SEGURITECNIA: ¿Cuáles son a, grandes rasgos, los aspectos más importantes que recoge el documento de propuestas para el nuevo Reglamento de Seguridad Privada, que, según me comenta, ya han entregado al Ministerio del Interior?
APROSER: Nada más aprobarse la nueva Ley, se formaron ocho Grupos de Trabajo constituidos cada uno por representantes de todas las organizaciones sectoriales. Concretamente, son los de Empresas, Coordinación y Colaboración, Personal, Servicios, Sujetos Obligados, Medidas, Formación y Control Administrativo y Régimen Sancionador. Cada uno de ellos elaboró un documento que recogía, por una parte, una breve valoración de la nueva Ley con respecto a la materia objeto de su estudio, y, por la otra, las consideraciones y recomendaciones que se entendían de formulación necesaria desde el sector de la Seguridad Privada, como para ser tenidas en cuenta en el proceso de redacción del desarrollo reglamentario por parte de los profesionales del Ministerio del Interior delegados a tal fin.Lógicamente, este esfuerzo de concreción de consideraciones y recomendaciones es un intento de reducir a lo esencial y a lo preciso lo que nosotros entendemos que debe ser el tratamiento que habría que darle a los asuntos y/o materias que ya se están desarrollando reglamentariamente. Son lo que podríamos llamar “líneas rojas”, que, de ser traspasadas por alguna de las partes, necesitarían de un debate previo más sosegado y profundo para entender con mayor precisión las ventajas e inconvenientes que aportan esos distintos planteamientos. Pero, más allá de propuestas concretas de lo que a nuestro juicio sería deseable, también es importante destacar lo que, también en nuestra opinión, no sería positivo para nuestro sector desde el prisma de su nueva regulación normativa
En primer lugar, que adolezca de la necesaria flexibilidad como para poder llegar a lastrar la capacidad organizativa empresarial en sus estrategias de aplicación de los contenidos de la reciente Ley. Este posible riesgo tendrá mucha correlación con la extensión y nivel de detalle de su articulado; esto es, si la anterior Ley estaba estructurada en 39 artículos y la nueva en 72, debería existir una proporcionalidad similar en el número máximo de artículos que sustenten al nuevo Reglamento. Una excesiva y exhaustiva normativa de acompañamiento, exceptuando la que sea necesaria para erradicar contundentemente tanto el intrusismo como la competencia desleal, sería contraproducente.
Esta nueva Ley regula múltiples actividades diversas, desde la investigación privada hasta la seguridad física, pasando por la gestión de alarmas o el transporte de fondos, por citar sólo algunas. Y lo hace en un entorno tremendamente cambiante, por lo que no esperamos un Reglamento capaz de recoger en su texto un tratamiento común para todas ellas. Eso nos llevaría a un voluminoso documento de difícil aplicabilidad real y, además, de imposible rápida –y necesaria– adaptación a nuevas disposiciones legales relacionadas o a nuevas realidades y necesidades derivadas que en un futuro próximo puedan existir. Para ello hay otros mecanismos y herramientas legales de menor rango, pero tremendamente efectivos a tal fin.
Tampoco esperamos que el esfuerzo de desarrollo se centre en dar formato legal a actividades que ya se venían desarrollando en el día a día bajo la supervisión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS), dando respuesta a históricas demandas sociales y a plena satisfacción de peticionarios y beneficiarios de las mismas. Lo que sí esperamos es un ejercicio empático de entendimiento de la mentalidad empresarial que subyace en el sector, imprescindible para la continuidad del mismo, y que la labor de colaboración y complementariedad que se nos exige, siempre subordinadamente con respecto a las FCS, se extienda progresivamente a nuevos ámbitos de actuación y al desarrollo de nuevas funciones. Esto, preservando siempre la finalidad de mejora de la seguridad preventiva para el ciudadano y la optimización de las capacidades de los recursos globales disponibles.
SEGURITECNIA: ¿Cómo espera que acoja el Ministerio del Interior esas propuestas? ¿Cuáles son sus sensaciones en cuanto al nivel de respuesta que podría tener el documento?
APROSER: Nuestra expectativa es máxima, pero no porque hagamos un acto de fe, sino porque nos basamos en la experiencia histórica. Ya en octubre de 2003, Francisco Muñoz Usano, presidente del primer Congreso Nacional de Seguridad Privada, comentó en su discurso de bienvenida que era “justo reconocer que no tenemos conocimiento de ningún caso en que una propuesta de las entidades representativas haya dejado de ser estudiada”.
Y desde aquel momento, las personas en las que ha confiado el Ministerio del Interior, desde su Secretaría de Estado de Seguridad, para generar y coordinar las relaciones con nuestro sector han seguido teniendo un comportamiento ejemplar con el mismo, con un talante siempre conciliador y con una total predisposición a escuchar nuestros temas y problemas cada vez que se les ha solicitado, mostrando a la vez un carácter proactivo y leal por su parte en sus obligaciones de tutela y mejora de un sector que se ha ganado, con el paso del tiempo y la experiencia del trabajo realizado, el carácter de colaborador indiscutible de las FCS, garantes finales de las libertades ciudadanas en virtud del mandato otorgado en nuestra propia Constitución.
Por otra parte, y basándonos también en la misma experiencia, tampoco creemos que nuestras propuestas actuales se alejen mucho de los planteamientos que se puedan estar plasmando en sus trabajos, dado que en el día a día el nivel de contacto y relación entre la Seguridad Pública y la Privada sobre los temas comunes es continuo y total. Eso que facilita que todos seamos conscientes y sabedores de las necesidades de ambos.
En cualquier caso, nos parece mucho más constructivo y más correcto que proliferen este tipo de actitudes de colaboración público-privada en los procesos de desarrollo legislativos. Ya se ha demostrado, y tenemos casos recientes, que la implantación unilateral de medidas sin la necesaria prudencia previa de constatar la necesidad, bondad, eficacia y apoyo de las mismas por parte de la parte afectada, sólo denota una mentalidad cortoplacista. Ese supuesto puede llegar a situar en una posición de especial riesgo a algún sector productivo, en especial a aquéllos que por sus propias especificidades necesitan de un tratamiento diferenciado para garantizar su supervivencia y seguir contribuyendo cada vez más al incremento del PIB y a la generación de empleo. Este sector es un buen ejemplo de ello.
Imprimir Contenido por Valkyria Hoy a las 22:43 Lo primero es buscar el significado de "horquilla" en el diccionario de la RAE: 11. f. Distancia o espacio entre dos magnitudes dadas. Me hacía ilusión ¿Qué pasa? Ahora miremos el artículo 41 del convenio de seguridad (Jornada de trabajo). Punto 2, apartado b) "Para dotar de la flexibilidad necesaria, únicamente en casos de servicios fijos o estables , la empresa confeccionará un cuadrante anual, cuyo cómputo en jornada mensual, a tiempo completo, oscilará en una horquilla de 144 a 176 horas , excepto en el mes de febrero que será de 134 a 162 horas . En caso de contratación a tiempo parcial, esta horquilla se ajustará proporcionalmente a la jornada laboral contratada. En dicho cuadrante se recogerán los días de servicio, los descansos y el/los periodo/s de vacaciones correspondientes, manteniéndose en el mismo una frecuencia de trabajo, descanso y turnos equilibrada entre todos los trab
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